Información muy importante respecto a las profesiones del deporte en la Comunidad de Madrid

En relación a la tramitación de las acreditaciones de los monitores/entrenadores del deporte, en virtud de la Ley 6/2016 de 24 de noviembre,  nos transmiten desde la Comunidad de Madrid, dos temas muy importantes: 

1.- Aquellos monitores/entrenadores que ya estén acreditados, bien por vía habilitación ó bien mediante comunicación previa, NO DEBEN VOLVER A APORTAR NUEVA DOCUMENTACIÓN A SU EXPEDIENTE. La responsabilidad de mantener la documentación actualizada (especialmente la póliza de responsabilidad civil personal o del club) es suya y simplemente deben custodiarla y tenerla a disposición de la administración por si le fuera reclamada. 

2.- A PARTIR DEL 1 DE JULIO, SE PONE EN MARCHA EL PROCESO DE CONTROL Y SEGUIMIENTO ADMINISTRATIVO, en relación al cumplimiento de la normativa establecida en la Ley 6/2016 de 24 de noviembre y su Reglamento, respecto al obligatorio registro de todos los profesionales que desarrollan su labor en la Comunidad de Madrid.

Es por ello por lo que te comunicamos que se realizarán catas aleatorias entre los expedientes ya dados de alta en la base de datos de la Dirección General de Deportes, con el objeto de verificar que el profesional mantiene al día su documentación en función de su categoría profesional y, especialmente, la póliza del seguro de responsabilidad civil.

Paralelamente y de forma paulatina, nos pondremos igualmente de forma aleatoria en contacto con clubs y entidades deportivas de la Comunidad de Madrid, para solicitar la información necesaria respecto del cumplimiento de la normativa en relación al tema que nos ocupa. En este sentido recordaros que tanto la Ley 6/2016 como su Reglamento, prevén un mecanismo sancionador que debe ser conocido por todos los responsables de clubs y entidades deportivas. 

INFORMACIÓN ADICIONAL ENhttps://www.comunidad.madrid/cultura/deportes/ley-profesiones-deporte

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